— Herramienta gratuita —
Calculadora del impuesto de sucesiones
Estima cuánto pagará un heredero al recibir una herencia en España. Aplica las reducciones estatales y las bonificaciones autonómicas vigentes en 2026 según el grado de parentesco y la Comunidad Autónoma.
— Diferencias por comunidad
El mapa de las herencias en España
Por la misma herencia de 200.000 € de padre a hijo, dependiendo de la Comunidad Autónoma se puede pagar desde 0 € hasta más de 20.000 €. Estas son las grandes diferencias:
Apenas pagas
Madrid, Andalucía, Cantabria, Murcia, Extremadura
Bonificación del 99-100% para descendientes, cónyuge y ascendientes. Por una herencia de 200.000€ pagas apenas unos cientos de euros o nada.
Pagas poco
Valencia, Canarias, Baleares, Castilla y León, La Rioja, Aragón
Bonificaciones significativas con tipos reducidos o exenciones parciales. Pagas un porcentaje pequeño, muy alejado del tipo estatal.
Pagas más
Asturias, Cataluña, Galicia, Castilla-La Mancha
Bonificaciones más moderadas o limitadas. Cataluña y Galicia aplican tarifas propias reducidas; Asturias tiene la fiscalidad más alta para herencias medias-altas.
— Cómo se calcula
El cálculo, paso a paso
1. Caudal hereditario
Es el valor total de los bienes y derechos del fallecido en el momento de su muerte: inmuebles, cuentas bancarias, vehículos, acciones, fondos, etc. Se descuentan las deudas y gastos (último recibo de luz, factura del notario, gastos funerarios hasta cierto límite…).
2. Reducciones estatales
- Por parentesco: 15.956,87€ para hijos mayores de 21, cónyuge y ascendientes (Grupo II). Menores de 21: 15.956,87€ + 3.990,72€ por cada año menos de 21 (máx 47.858,59€). Hermanos, tíos y sobrinos: 7.993,46€.
- Por vivienda habitual: 95% del valor (máx 122.606,47€) si la heredas como cónyuge, descendiente o ascendiente. Hay que mantenerla 10 años.
- Por seguro de vida: 100% hasta 9.195,49€ por cada beneficiario, si es cónyuge, descendiente o ascendiente.
- Por discapacidad: 47.858,59€ adicionales (33-65%) o 150.253,03€ (más del 65%).
- Por empresa familiar: 95% del valor si se hereda una empresa o participaciones, manteniéndolas 5-10 años.
3. Cuota íntegra y coeficiente
Se aplica una tarifa progresiva del 7,65% al 34% sobre la base liquidable. Luego se multiplica por un coeficiente que va de 1,0 a 2,4 según el parentesco y patrimonio preexistente del heredero.
4. Bonificación autonómica
Cada comunidad bonifica la cuota resultante según sus normas. Es donde se juega de verdad el impuesto: en Madrid o Andalucía el descuento es del 99%, en Asturias puede ser nulo. Tributa en la comunidad donde residió el fallecido durante los últimos 5 años, no donde vive el heredero.
— A tener en cuenta
Antes de aceptar una herencia
- Tienes 6 meses para pagar. Desde el fallecimiento. Si necesitas más tiempo, puedes pedir prórroga de otros 6 meses en los 5 primeros, pero con un recargo del 4%.
- La herencia incluye deudas. Si el fallecido tenía deudas (hipoteca, préstamos, facturas), también las heredas. Si las deudas superan a los bienes, considera aceptar a beneficio de inventario o renunciar.
- Puedes renunciar a la herencia. Pero ojo: la renuncia es total, no parcial. No puedes quedarte con la casa y rechazar las deudas. Y si renuncias, pasa al siguiente en la línea sucesoria.
- Atención a la plusvalía municipal. Si heredas un inmueble, además del Impuesto de Sucesiones tienes que pagar el IIVTNU al ayuntamiento donde esté ubicado.
- Vivienda habitual: 10 años de mantenimiento. Para mantener la reducción del 95%, no puedes vender la vivienda hasta pasados 10 años (con excepciones).
- Empresa familiar: 5-10 años. Para la reducción del 95%, debes mantener la empresa o las participaciones durante el plazo que marque la normativa autonómica.
- ¿Dónde se tributa? En la Comunidad de residencia habitual del fallecido durante los 5 años anteriores a su muerte. No donde residan los herederos.
- Pago aplazado o fraccionado. Si no tienes liquidez, puedes solicitar fraccionar el pago hasta en 5 años, con o sin garantía, aunque pagando intereses.
- Consulta a un asesor antes. Una herencia compleja puede tener detalles que cambien mucho el resultado: pactos sucesorios, herencias con extranjeros, bienes en el extranjero, etc.