Calculadora del Impuesto sobre Donaciones

Datos de la donación
¿Qué se dona?
¿Quién recibe?
30 años
¿Dónde tributa?
Lo que tendrías que pagar
Impuesto sobre donaciones
9
Sobre una donación de 50.000 € en Madrid
✓ Bonificación del 99%
Tipo medio aplicado
0,02%
% sobre la donación
0,02%
Recibido limpio
49.991 €
Ahorro autonómico
7.953 €
Cómo se calcula
Base imponible 50.000 €
Reducciones autonómicas −0 €
Base liquidable 50.000 €
Cuota íntegra (tarifa estatal) 7.962 €
Coeficiente multiplicador ×1,00
Bonificación autonómica −99%
Total a pagar 9 €
Aviso importante: esta calculadora ofrece una estimación orientativa del Impuesto sobre Donaciones según la normativa estatal y las bonificaciones autonómicas vigentes en 2026. El cálculo real puede variar según circunstancias específicas (donaciones encadenadas, situaciones especiales, requisitos no cumplidos, etc.) y los regímenes forales de País Vasco y Navarra tienen normativas propias. Consulta siempre con un asesor fiscal o notario antes de formalizar una donación.

— Herramienta gratuita —

Calculadora del impuesto de donaciones

Descubre cuánto pagarás si donas dinero, una vivienda o cualquier otro bien a un familiar. El Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones varía muchísimo según la Comunidad Autónoma y el grado de parentesco.

— Grupos de parentesco

Quién paga más, quién paga menos

El impuesto se calcula aplicando un coeficiente multiplicador sobre la cuota según el parentesco. Cuanto más cercano sea el familiar, menor el coeficiente y mayor la posibilidad de bonificaciones autonómicas.

Grupo I

Descendientes menores de 21 años

Hijos, nietos, biznietos menores de 21 años. Coeficiente mínimo (1,0 a 1,2) y las máximas bonificaciones.

Grupo II

Cónyuge, hijos mayores y padres

Hijos y descendientes de 21 años o más, cónyuge, padres y ascendientes. Mismas bonificaciones que el Grupo I en la mayoría de comunidades.

Grupo III

Colaterales de 2º y 3er grado

Hermanos, tíos, sobrinos, suegros, yernos, nueras. Coeficiente alto (1,59 a 1,90) y bonificaciones limitadas o inexistentes según la comunidad.

Grupo IV

Primos, parejas no registradas, extraños

Cualquier persona sin parentesco directo. Coeficiente máximo (hasta 2,4) y ninguna bonificación autonómica. Es la peor situación fiscal.

— Cómo funciona

El cálculo, paso a paso

1. Base imponible

Es el valor real de lo donado. Si se trata de un inmueble, será el valor de referencia del Catastro o el valor real, el que sea mayor. Si es dinero, el importe transferido.

2. Reducciones

Hay reducciones específicas: 95% si se dona una empresa familiar o participaciones a familiares cercanos, reducción por vivienda habitual, por discapacidad del donatario, etc. Cada comunidad tiene además sus propias reducciones.

3. Cuota íntegra (tarifa progresiva)

Se aplica una escala progresiva del 7,65% al 34% sobre la base liquidable. Las primeras decenas de miles tributan poco; las cifras altas tributan mucho.

4. Coeficiente multiplicador

La cuota se multiplica por un coeficiente que va de 1,0 a 2,4 según el grupo de parentesco y el patrimonio que ya tenga el receptor. A más patrimonio y menos parentesco, mayor multiplicador.

5. Bonificación autonómica

Aquí es donde se juega el partido. Madrid, Andalucía, Murcia, Cantabria, Extremadura, La Rioja, Castilla y León, Valencia y otras bonifican el 99-100% de la cuota para familiares directos. Otras como Asturias o Baleares apenas bonifican.

— A tener en cuenta

Antes de hacer una donación

  • Cuidado con el IRPF del donante. Si donas una vivienda revalorizada, tú (el donante) puedes tener que pagar IRPF por la ganancia patrimonial entre lo que pagaste y el valor actual.
  • La donación de vivienda lleva plusvalía municipal. El donatario debe pagar el IIVTNU al ayuntamiento donde esté el inmueble, además del impuesto de donaciones.
  • Las donaciones encadenadas tributan juntas. Si haces varias donaciones en 3 años a la misma persona, se suman todas para calcular el impuesto. No vale fraccionar para pagar menos.
  • Necesitas escritura pública. Para donaciones de inmuebles es obligatorio acudir al notario. Para donaciones de dinero superior a cierto importe, también se recomienda formalizarlas.
  • Justifica siempre el origen del dinero. Las donaciones en metálico exigen acreditar que el dinero proviene de fuentes legítimas y declaradas, normalmente mediante transferencia bancaria.
  • Plazo de presentación: 30 días. Tienes un mes desde la donación para presentar el modelo 651 (donaciones) en la Comunidad Autónoma del donatario.
  • ¿Dónde se tributa? En la Comunidad de residencia del donatario, no del donante (excepto inmuebles, que tributan donde estén ubicados).
  • Consulta a un asesor antes. A veces sale más barato heredar que donar, o repartir la operación en varios años. Cada caso tiene su estrategia óptima.

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