Calculadora del IBI Gratis Online

Datos del inmueble
Valor catastral
Tipo de inmueble
Municipio
0,456 %
Bonificaciones
0 %
Tu IBI estimado
Pagarás al año
365
Sobre un valor catastral de 80.000 € en Madrid
~ IBI medio
% sobre valor catastral
0,456%
% sobre valor de mercado
0,15%
Coste por día
1,00 €
Bonificación obtenida
0 €
Cómo se calcula
Valor catastral 80.000 €
Tipo de gravamen × 0,456%
Cuota íntegra 365 €
Bonificaciones −0 €
Total a pagar 365 €
📅 Equivalente mensual
30,42 €/mes
Si te lo prorrateas mensualmente, este sería el coste de tu IBI al mes. Algunos ayuntamientos permiten el fraccionamiento del pago.
Aviso importante: esta calculadora es orientativa y aplica los tipos generales aproximados de cada municipio. El importe real puede variar según recargos por inmueble desocupado, modificaciones del padrón catastral, revisiones del valor catastral o bonificaciones específicas de cada ayuntamiento. Consulta tu recibo oficial o la Oficina Virtual del Catastro (sede.catastro.gob.es) para datos exactos.

— Herramienta gratuita —

Calculadora del IBI

Calcula cuánto pagarás de Impuesto de Bienes Inmuebles según el valor catastral y el tipo de tu municipio. Descubre si tu IBI está dentro de lo normal y compara entre diferentes ciudades.

— Concepto básico

Qué es y cómo funciona el IBI

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¿Qué es el IBI?

Es el Impuesto sobre Bienes Inmuebles, un tributo municipal que pagan todos los propietarios de inmuebles urbanos, rústicos o de características especiales. Se cobra una vez al año y financia los servicios del ayuntamiento.

💰

¿Quién lo paga?

El propietario a 1 de enero de cada año. Si vendes a mitad de año, lo paga quien era propietario en enero, aunque se puede acordar con el comprador prorratearlo. Si es un alquiler, lo paga el propietario (salvo pacto en contra).

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El valor catastral

Es el valor administrativo de tu inmueble, fijado por el Catastro. Suele estar entre el 30% y el 60% del valor de mercado. Lo encuentras en tu recibo del IBI o en sede.catastro.gob.es con tu DNI electrónico.

📊

El tipo de gravamen

Cada ayuntamiento fija su tipo dentro de los márgenes legales: urbano del 0,4% al 1,1% y rústico del 0,3% al 0,9%. Los grandes municipios suelen aplicar tipos más altos. Pueden subirlo si hace mucho que no se revisa el catastro.

— Bonificaciones disponibles

Cómo pagar menos IBI

  • Familia numerosa. Si la tienes reconocida, muchos ayuntamientos bonifican entre el 50% y el 90% del IBI de la vivienda habitual. En Madrid hasta el 90%, en Barcelona hasta el 60%.
  • Vivienda de Protección Oficial (VPO). Bonificación obligatoria del 50% durante los 3 años siguientes a la calificación definitiva. Algunos ayuntamientos amplían el plazo.
  • Placas solares fotovoltaicas. Hasta el 50% si instalas autoconsumo en la vivienda. Duración variable según municipio (3-5 años habitualmente).
  • Viviendas vacías. Cuidado: algunos ayuntamientos aplican recargo del 50% sobre el IBI de viviendas desocupadas. No es una bonificación, es un castigo.
  • Pago por domiciliación o anticipado. Muchos ayuntamientos descuentan un 4-5% si domicilias el pago o lo pagas en una sola vez antes de cierta fecha.
  • Revisa tu valor catastral. Si el catastro tiene datos erróneos (metros cuadrados de más, antigüedad equivocada), puedes pedir una revisión catastral. Si tu inmueble está sobrevalorado, te puede ahorrar mucho.
  • Reclamación por valor desproporcionado. Si tu valor catastral supera el de mercado, puedes recurrir alegando que es contrario al principio de capacidad económica.
  • Coordina con la compraventa. Si vas a comprar, pacta en la escritura quién pagará el IBI del año en curso. Por ley lo paga quien era propietario a 1 de enero, pero el Supremo permite el reparto proporcional.

— Preguntas frecuentes

Dudas habituales

¿Cuándo se paga el IBI?

Depende del municipio. La mayoría lo cobran entre septiembre y noviembre. Si lo tienes domiciliado, el cargo es automático en esa fecha. Algunos ayuntamientos permiten fraccionarlo en dos o más pagos.

¿Y si no pago el IBI?

Se aplican recargos del 5%, 10% o 20% según el tiempo de retraso, más intereses. Si persiste el impago, puede llegar el embargo del inmueble o de tus cuentas bancarias. Es uno de los impuestos que más rigurosamente se persigue.

¿El IBI es lo mismo en toda España?

No. Es un tributo municipal, así que cada ayuntamiento fija su tipo dentro de los márgenes legales. Por la misma vivienda puedes pagar el doble en un municipio que en otro de la misma comunidad autónoma.

¿Quién paga el IBI en un alquiler?

Por defecto lo paga el propietario, no el inquilino. Pero en alquileres comerciales (locales y oficinas) es muy habitual pactar que lo asuma el inquilino. En vivienda de alquiler permanente, la Ley de Arrendamientos Urbanos también permite acordarlo, aunque es menos común.

¿Puedo recurrir el IBI?

Sí. Puedes recurrir el valor catastral ante el Catastro (Ministerio de Hacienda) y la liquidación ante el ayuntamiento. Los plazos son cortos (1 mes desde la notificación), así que actúa rápido si crees que hay un error.

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